Compra de Acción en
el Club de Ejecutivos.
La Asamblea Extraordinaria realizada en Sept.11/12
aprobó por unanimidad la compra de la acción empresarial en el Club de
Ejecutivos. Esta importante inversión al mínimo costo de un millón ($l.000.000)
de pesos es una ganga, que aparte de darnos reconocimiento en un medio bien
importante nos permitirá tener una sede de lujo que muchas empresas quisieran
disfrutar; Sede fija, amplio salón para reuniones dotado de aire acondicionado,
amoblado, alta tecnología en comunicaciones, refrigerios a precios de socios y
consumo a voluntad, deja de ser obligatorio. Obviamente tendremos que pagar la
cuota mensual de sostenimiento por $ 336.400, pero ya la Junta está diseñando
un programa de importantes actividades que mejorara los ingresos.
Informe Económico del II Congreso Nacional de
Propiedad Horizontal.
El Centro de Eventos del Pacifico entrego el último
informe sobre los resultados económicos de este Congreso; Ingresos sin IVA $
110.431.810. Egresos $ 98.293.468. Utilidad $ 12.138.324. Esta cifra se
repartirá entre los cuatro patrocinadores, Centro de Eventos, Lonja, Asoinproho
y Fonseca para una participación de $ 3.034.585 cada uno. Asistieron 600
personas. Hasta ahora la fecha establecida para el tercer (3º) Congreso seria
los días 19 y 20 de Septiembre de 2.013.
Celebración del día del Administrador.
Se invita a todos los asociados a que no falten a la reunión del 23 de Octubre
en el Club de Ejecutivos ya que ese día, entre las 4 y las 6 PM. Celebraremos
el Día del Administrador, evento que aprovecharemos para inaugurar el equipo de
sonido que ha adquirido Asoinproho para amplificar las reuniones.
Astrid
Millán Vinasco.
FI C H A S.
O. Cruz
Continuamos con algunos apartes del libro
Responsabilidad Civil y Penal en la
Administración de Propiedad Horizontal del Dr. Jorge Orlando León Forero.
CULPA Y DOLO:Vemos, en los anteriores casos y
definiciones, que la norma al referirse a la responsabilidad, habla del dolo y
la culpa. Respecto a estos dos conceptos, la ley los ha definido de la
siguiente manera. (Código Civil, art. 63)
CULPA. La ley distingue tres especies de
culpa y descuido; Culpa grave, negligencia grave. Culpa lata, es la consiste en
no manejar los negocios ajenos con aquel cuidado que aún las personas
negligentes o de poca prudencia suelen emplear en sus negocios propios. Esta
culpa en materias civiles equivale a dolo.
Culpa leve, descuido leve, descuido ligero, es la
falta de aquella diligencia y cuidado que los emplean ordinariamente en sus
negocios propios. Culpa o descuido, sin otra calificación, significa culpa o
descuido leve. Esta especie de culpa se opone a la diligencia o cuidado
ordinario mediano. El que debe administrar un negocio como un buen padre de
familia, es responsable de esta especie de culpa. Culpa o descuido levísimo es la falta de aquella esmerada diligencia
que un hombre juicioso emplea en laadministración de sus negocios importantes.
Esta especie de culpa se opone a la suma diligencia o cuidado.
DOLO.Concepto y características. “Las voces
utilizadas por la ley para definir el dolo concuerdan con la noción doctrinaria
que lo sitúa y destaca en cualquier pretensión de alcanzar un resultado
contrario al derecho, caracterizada por la conciencia de quebrantar una
obligación o de vulnerar un interés jurídico ajeno; el dolo se constituye, pues, por la intención maliciosa, al paso que la
culpa, según el mismo precepto y la concepción universal acerca de ella, se
configura sobre la falta de diligencia o de cuidado, la imprevisión, la negligencia,
la imprudencia”.
“Tanto el dolo como la culpa generan la
responsabilidad civil en el campo extracontractual y en el de la formación y la
ejecución de los contratos, pero si que
sea dable confundirlos, atr4ibuirles consecuencias indiferentes, o tutelar el
uno por normas aplicables sólo a la otra, o viceversa” (Corte Suprema de
Justicia, sentencia de 9 de agosto de l949).
OCTUBRE.
Definitivamente desde su primer día este mes ha
sido, en comparación con los anteriores, el más cargado de noticias y sorpresas
para los colombianos. Como algunas de ellas involucran de alguna manera a las
Propiedades Horizontales y de hecho a sus administradores, hacemos unos
pequeños recordéis para aquellos que las pasaron por encima.
Ley de Insolvencia.El día primero entro en vigencia esta
Ley 1564 que fue sancionada desde el 12 de Julio 2012. Contiene en sus
artículos 531 a 576, las nuevas disposiciones aplicables en relación con la insolvencia de personas naturales no
comerciantes. Es en su art. 531 donde queda claro que estas personas
podrán; 1) Negociar sus deudas a través de un acuerdo con sus acreedores para
obtener la normalización de sus relaciones crediticias. 2) Convalidar los
acuerdos privados a los que llegue con sus acreedores, y 3) Liquidar su
patrimonio. Estos trámites deben hacerse por las vías de los Centros de
Conciliación y por las Notarias
previamente autorizadas por el Minjusticia. Seguramente algunos deudores de
Copropiedades, buscaran acogerse a esta
medida y por lo mismo habrá trabajo adicional para los Administradores; Hay que
asesorarse bien, me dice mi abogada de cabecera, porque esta ley tiene sus mas y
sus memos.
Acuerdo de Paz.Es ahora el turno del presidente Juan
Manuel Santos, ensayar su acuerdo de paz con las Farc. Empresa difícil esta
porque las heridas son grandes y profundas y las victimas dicen que
posiblemente perdonan pero no olvidan, además están las experiencias de
procesos pasados que solo demostraron viveza y malicia. De todas maneras es
deber de todos los Colombianos defender y apoyar el propósito y rodear de
optimismo todos los esfuerzos que se hagan, porque esta guerra estúpida de 50
años tiene que terminar, para bien de todos,
especialmente para nuestros indígenas y campesinos.
Comparendo ambiental.Desde el día primero de Octubre los
caleños podrán ser multados por contaminar el medio ambiente. Se trata de la
entrada en vigencia del comparendo ambiental, una herramienta que permite
sancionar económicamente a quienes infringen las normas de aseo, limpieza y
recolección de escombros, entre otras normas de convivencia ciudadana.Esta
medida da cumplimiento a lo ordenado en la Ley 1259 de 2.008.
Las multas van desde
la mitad del salariomínimo mensual ($283.000) hasta 10 salarios ($l.132.000) en
personas naturales. Para las empresas, instituciones, industrias y unidades
residenciales, la sanción económica va desde 5 salarios mínimos mensuales
($2.830.00) hasta 20 salarios mínimos ($11.320.000).Ojo administradores, deben leer la norma
porque son dieciséis (16) las causales que por incumplimiento ocasionaran las
multas, es bien importante que sus comunidades las conozcan (El País, Oct.1º/12)
Sismo de 7.1 grados.Grietas en las paredes de algunos edificios,
entre ellos las Clínicas Santillana y Rey David, fueron los daños que dejo en
Cali el sismo de 7.1 grados en la escala de Richter, que sacudió, a las ll.31
a.m., al Valle y a otros 12 departamentos de Colombia, en 31 municipios. El
temblor se sintió, además, en Panamá y 5 provincias de Ecuador. El movimiento
telúrico tuvo como epicentro el municipio de la Vega en el Departamento del
Cauca, a una profundidad de 168 kilómetros, donde hubo una réplica a las 4:01
p.m. En Cali, pese a las grietas, el sismo no dejo heridos de consideración ni
daños estructurales. En algunas Unidades Residenciales y Condominios se
presentaron grietas y fisuras siendo lo más grave en el multifamiliar
Chiminangos II donde en un piso hubo grietas hasta de 15 centímetros. También
el edificio Venezolano presentó daños menores. (El País).
Reforma Tributaria.El Gobierno presentó al Congreso de la
Republica el proyecto de reforma tributaria, la cual según el Ministro del
Trabajo y el Director de la Dian, “se enfocará ante todo en atender una
preocupación como lo es la creación de empleo”. Tres de sus principales bases
llaman la atención de los colombianos:1)
IVA. Habrá únicamente tres tarifas, 0%, 5% y 16%. Esto quiere decir que se
eliminaran las del 1.6%, 10%, 20%, 25% y 35%, pero se creará el- impuesto al
consumo- 7% más el 16%.2) Parafiscales.No
serán eliminados en la reforma, pero
habrá alivios en las nóminas. Las cargas tributarias a la nómina de las
empresas bajan del 29.5% a 16%, para una reducción de 13.5 puntos. La
financiación de los aportes a la salud, del Icbf y del Sena será en adelante
soportada con las utilidades de las empresas. Precisamente, el 8% de los
recaudos que corresponderán a impuesto o Contribución para la Equidad, se
distribuirá así: 2.2% para el Icbf, 1.4% para el Sena y el 4.4% a la Salud a
través de las cajas de compensación familiar. Esta propuesta busca aumentar el
empleo formal en un 11%. 3) Impuesto
para la Equidad.Esta iniciativa busca reducir del 33% al 25% el impuesto
sobre la renta a las empresas, pero el 8% restante dará origen a un nuevo
tributo: el Impuesto para la Equidad. Que reemplazara una parte de los impuestos
a la nómina. En consecuencia, el empleador dejará de pagar aportes al Icbf,
Sena y salud que cubre por sus trabajadores de menos de diez salarios mínimos.
Así, dicha carga pasará a ser un
impuesto sobre las utilidades para que las empresas puedan crear más empleos.(El Pais).
Nuevos parafiscales.
El tema de los llamados impuestos parafiscales es
uno de los más enredados y complejos que traerá la reforma tributaria. Se trata
de dineros que cobra el Estado a la nómina de las empresas y cuyo recaudo se
destina al Sena, al Instituto de Bienestar Familiar y a las Cajas de
Compensación Familiar. En el último año las empresas destinaron $ 8 billones a
dichas entidades.
¿Cómo se manejaran en el futuro? La reforma sugiere
cambiar este modelo al crear una “Contribución Especial Empresarial” que se
cobraría sobre las utilidades de las empresas a la hora de declarar el impuesto
de renta y no sobre la nomina, como ocurre hoy.
La idea es que haya un alivio a este sobrecosto a
los empresarios para impulsar la generación de empleo, pero sin que ello
implique un desmonte de estas contribuciones. “Nuestro objetivo es brindarles estímulos
a quienes crean empleo”, dice el Ministro de Hacienda.
Al respecto, Cárdenas señala que por cada $100 de
salario, el patrono paga $160 por los costos de parafiscales, aportes
patronales a salud, a pensiones, etc. “un modelo que no ha funcionado bien
porque desestimula el empleo”. Otra fórmula es que los parafiscales se manejen
por la vía del Presupuesto General de la Nación, pero desde ya esa alternativa
tiene duros contradictores. Por ejemplo, el presidente de Asocajas, Álvaro José
Cobo, recalca que “las cajas quedarían supeditadas a ser administradores de
unos recursos no específicos, lo que afectaría el funcionamiento de estas
entidades”. (El País, Sep.30/12)
Los Jueces de Paz.
Como quiera que son temas de la comunidad y es allí
donde casualmente nos movemos los Administradores de Propiedad Horizontal,
pretendo destacar un poco la elección de 197 Jueces de Paz ocurrida el pasado
domingo 9 de Septiembre en la capital del Valle según lo destaca el periódico
El País.
Con este importante instrumento de paz y convivencia
creado por la Constitución de 1.991, un grupo de personas que actúan a
honoris-causa y que son elegidas por su propia comunidad para un periodo de 5
años, buscan resolver pacíficamente problemas y conflictos sociales que
enfrentan particulares y familiares, vecinos, arrendadores, arrendatarios,
fiadores, celosos, bullosos, borrachos, chismosas, perros y daño en bien ajeno,
salvo casos en los cuales el mismo juez esté involucrado. Este es un mecanismo
legal que tiene acompañamiento de la Alcaldía Municipal y del Consejo Seccional
de la Judicatura y al cual se debe acudir en primera instancia en busca de
rápida y concertada solución a problemas de menor cuantía. Todo acuerdo queda
firmado y es de obligatorio cumplimiento.
Mensaje re-enviado por el Dr. Ramiro Saavedra.
Buenos díasDr. Saavedra: Tuve la oportunidad de leer
un artículo escrito por usted en el Diario Occidente – Área Legal y pensé que
quizás usted podría ayudarnos. En nuestra copropiedad estamos buscando un-
Administrador con experiencia de por lo
menos 5 años en PH. Sabe usted si Asoinproho tiene algún sitio disponible
virtualmente o alguna base de datos para nosotros hacer llegar la información y
poder recibir hojas de vida? Pensaría yo que Asoinproho sería la mejor manera
de empezar a buscar a la persona idónea para este cargo. Gracias y quedo en la
espera de alguna sugerencia. Elizabeth Salazar.
Muchísimas gracias al Dr. Saavedra. Nuevamente queda demostrada la urgente
necesidad que tiene el Instituto de darse a conocer más, salir del anonimato.
La Propiedad Horizontal debe saber que existimos y que lo que buscamos es
casualmente la idoneidad para su administración. Idea: Este boletín abre desde ya un concurso
entre todos los afiliados a Asoinproho para que por email nos envíen su mejor
propuesta para hacernos conocer, diciendo, quienes somos, que hacemos y para
donde vamos. El mejor proyecto tendrá su reconocimiento. Ojala la pagina Web
sea una realidad inmediata.
Colaboración.
Para solucionar un problema de sonido que se
presentó en la reunión de Sep.18, muy presto el Sr. Juan Fernando Briseño, bajó
desde el salón de conferencias del Club de Ejecutivos y fue hasta el centro
comercial Pasarela y allí compro dos altoparlantes para el computador y los
obsequió al Instituto. Oportunísima colaboración que mucho le agradecemos y
aplaudimos.
Lo que se debe
evitar en una reunión.
1)
Hablaren voz alta por celular. 2) Ignorar al moderador. 3) Interrumpir al exponente sin pedir la
palabra. 4) Entablar largos diálogos con el vecino(a). 5) Pararse y sentarse
permanentemente y deambular por el recinto. 6) Risas y aplausos a destiempo. 7)
Excederse en preguntas al conferencista.
8) Demostrar demasiada sapiencia. 9) Llegar tarde. 10) Retirarse despectivamente. Lo que
tú no quieres oír, a los demás les interesa escuchar.
“NUNCA ES TARDE PARA SER O HACER LO QUE
TE HUBIERA GUSTADO”
Sus escritos y colaboraciones favor enviarlas a Boletín Informativo, asoinproho@yahoo.com
“Las opiniones expresadas por los autores, no reflejan necesariamente el
pensamiento de Asoinproho”.
Recuerden el blog de Asoinproho:
www.asoinproho.blogspot.com
“Propiciamos
la idoneidad administrativa”
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